I. ANTECEDENTES
Uno de los objetivos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es la procuración e impartición de justicia, es por ello que se estableció en el Congreso Constituyente del 1917, que el encargado de administrar Justicia, el abogado y consejero, así como el titular de la Institución del Ministerio Público, sería el Procurador General de la República. Aunado a lo anterior, el Procurador tenía las facultades de conocer y perseguir delitos del orden federal con la figura de fiscal y representante de la sociedad, siendo el Ministerio Público de la Federación la institución encargada del ejercicio de la acción penal, así como de las indagatorias y resoluciones jurídicas de los imputados o presuntos responsables.
Desde la creación de la Procuraduría General de la República hasta las últimas modificaciones a su Ley Orgánica, el Ministerio Público de la Federación se ha desempeñado como una institución multifuncional, toda vez que no sólo se ha dedicado a las indagatorias o averiguaciones previas federales, sino también a diversas atribuciones legales de gestión como asuntos jurídicos.
Bajo estas condiciones, durante el siglo XX, la Procuraduría General de la República fue objeto de constantes elogios al haber un gobierno hegemónico donde los poderes se concentraban en el Ejecutivo, no obstante, derivado de las deficiencias en la procuración de justicia, hubo críticas y reclamos de la ciudadanía, principalmente por la falta de autonomía política de los procuradores frente al Poder Ejecutivo, así como por su actuar discrecional y autoritario.
Como consecuencia de lo anterior, la sociedad mexicana se encontraba deseosa de un cambio que fortaleciera la procuración de justicia rompiendo con la hegemonía del status quo, en donde la totalidad de las instituciones de gobierno rendían cuentas a un sistema presidencialista falto de un sistema autónomo y de procuración de justicia eficiente.
La Reforma Constitucional de 2008 generó el primer cambio. El sistema jurídico de procuración e impartición de justicia se transformaba de manera radical al pasar de un sistema penal de corte inquisitivo a uno acusatorio adversarial. Dicha reforma no solamente se limitó a establecer la implementación del sistema de juicios orales en la justicia penal, sino que también contaba entre sus objetivos la transformación del Ministerio Público Federal y del fuero común dotándolos de mayores facultades para actuar. Ello dio paso a la Reforma Constitucional de 2014 que dotó autonomía al Ministerio Público de la Federación, con el fin de evitar su uso político.
No obstante, dicha reforma no dejó satisfecha a la sociedad mexicana, que por diversas vías expresaba que ese modelo no resolvía la grave crisis de impunidad que aqueja a nuestro país, ni superaba un modelo institucional de Ministerio Público que históricamente ha sido ineficiente y controlado por intereses políticos.
Por lo anterior, con el triunfo electoral del 1 de julio de 2018 de una nueva fuerza política, la nueva Legislatura del Congreso de la Unión y el nuevo Gobierno de México han tenido la sensibilidad de adecuar y aplicar a la ley diversas expresiones para enriquecer este tema. En este contexto, se realizaron ajustes a la propuesta original del artículo 102, Apartado A de la Constitución así como el régimen transitorio del decreto de febrero de 2014.
Lo anterior dio como resultado que, el pasado 11 de diciembre, el Congreso de la Unión formalizó la declaratoria de entrada en vigor de la autonomía constitucional de la Fiscalía General de la República con lo que desaparece la Procuraduría General de la República (PGR). De acuerdo con información de medios nacionales, 341 diputados votaron a favor de la Ley, 119 en contra y uno se abstuvo.
II. NUEVA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
La Fiscalía General de la República (FGR) es uno de los órganos autónomos federales en México; es la institución encargada de investigar y perseguir los delitos del orden federal. Su titular: el Fiscal General de la República es quien preside al Ministerio Público de la Federación y a sus órganos auxiliares, que son la Agencia de Investigación Criminal, las fiscalías especializadas, la policía investigadora y los peritos.[]
La FGR es la encargada de diseñar, planear, ejecutar y coordinar las políticas públicas en materia de investigación criminal de los hechos que revisten los caracteres de delito; de garantizar la protección y asistencia a las víctimas, testigos, y el resto de los sujetos que integran el proceso judicial; asumir la titularidad y sustento de la acción penal pública en representación del Estado y la sociedad en general ante el Poder Judicial de la Federación; intervenir en los procesos de extradición; colaborar en las acciones de combate al delito, encabezando a los elementos del ministerio público federal, esto en apoyo a la Secretaría de Seguridad Pública; e intervenir en las controversias constitucionales o acciones de inconstitucionalidad de acuerdo a lo que establezca la Constitución.
Aunque algunos especialistas han criticado a la Ley Orgánica de la Fiscalía General de la República y su estructura, la FGR cuenta con una buena cimentación institucional que permite la operación y función del Ministerio Público y cuenta con certeza de actuación y legalidad.
El pasado 18 de enero de 2019 con 91 votos a favor, el pleno del Senado nombró por un período de 9 años al Dr. Alejandro Gertz Manero, primer Fiscal General de la República. El Dr. Alejandro Gertz Manero es Abogado por la Escuela Libre de Derecho, y Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), por Mount Unión y por la Universidad de las Américas, A.C. Es un distinguido jurista con una sólida experiencia académica y una destacada trayectoria dentro del servicio público. Cuenta también con una amplia experiencia legislativa. Su trabajo siempre se ha caracterizado por su autonomía e independencia. Le deseamos el mayor de los éxitos en su desempeño y hacemos votos para que la nueva Fiscalía General de la República sea una institución renovada que cumpla con los anhelos de justicia de los mexicanos.