“México no admitirá nunca acción alguna que signifique violación a su soberanía nacional.
Actuaremos con firmeza”. Marcelo Ebrard, Canciller Mexicano
Tal como lo apunté en mi entrega anterior, “…el crecimiento de los ‘poderes fácticos’ en México es incontenible. Ninguna de las estrategias implementadas por el Gobierno Federal han dado resultados positivos; independientemente de quién ocupe la silla presidencial, lejos de disminuir, o al menos contener el avance de los grupos criminales, éstos se han multiplicado y su influencia e incluso control en diferentes partes del país, se ha incrementado…” Derivado de lo anterior, y ante los lamentables hechos protagonizados por la familia Le Barón en el norte del país, el debate que destaca el poder y la influencia de los “carteles de la droga” que operan en México, se ha incrementado y ha rebasado nuestras fronteras, pues ahora es motivo para “sugerir” la implementación de medidas que presagian una escalada intervencionista del gobierno norteamericano en México.
Presentar a los “grupos terroristas” como una amenaza real a los frágiles equilibrios de la seguridad internacional, toma sentido después de la derrota del “socialismo realmente existente” que caracterizó a la Europa oriental de la posguerra y a la debacle de la Unión Soviética como potencia mundial acontecido a fines de los años 80 y al principio de la década de los 90’s del siglo pasado. Fue justo en ese contexto internacional, cuando el “Terrorismo” se convierte en el enemigo a vencer por parte del “mundo civilizado”.
En esta lógica, la supremacía norteamericana se ve complementada por la “necesidad” de todos los países aliados de prevenir y, en su caso, enfrentar a la amenaza terrorista. A partir de entonces, todos aquellos que no coinciden con la visión norteamericana del mundo, o que simplemente sean considerados como amenazas a la seguridad nacional de los Estados Unidos de Norteamérica, son catalogados, potencial o exponencialmente, como “grupos terroristas”.
En su “Ley contra el terrorismo en Estados Unidos”, y en sus “Disposiciones dirigidas a las organizaciones o individuos terroristas”, se incluye el siguiente texto:
“Mediante la Sección 302 se autoriza al secretario de Estado a designar, previa consulta con el secretario de Justicia y el secretario de Hacienda, organizaciones terroristas extranjeras. Las designaciones se utilizarán para convertir en delito la prestación de fondos y otro apoyo material a las organizaciones terroristas extranjeras designadas, hecha por individuos que se encuentren en Estados Unidos o estén sujetos a su jurisdicción, y con fines de exclusión de visa. El secretario de Estado, previa consulta con el secretario de Justicia, podrá designar una organización como organización terrorista extranjera si determina que:
- La organización es una organización terrorista extranjera,
- La organización se dedica a actividades terroristas (según se definen en la sección 212 a)3)B) de la Ley de Inmigración y Nacionalización, y
- La actividad terrorista de la organización amenaza la seguridad de ciudadanos de Estados Unidos o la seguridad nacional de Estados Unidos”.
Como se puede advertir, existe una legislación vigente en los EEUU en la que se asume la facultad de sus autoridades para determinar qué tipo de organizaciones pueden ser catalogadas como terroristas y que ponen en riesgo su seguridad nacional.
Asociar a los “carteles” de la droga mexicanos como “grupos terroristas” tiene muy graves implicaciones pues, en los hechos, es una determinación unilateral del gobierno norteamericano que, perfectamente, puede capitalizar a su favor tanto por las deficiencias operativas de las autoridades mexicanas, como por los mecanismos de presión a la sociedad y a la opinión pública quienes, no sólo ven con buenos ojos la intervención norteamericana en el combate al crimen organizado, sino que la perciben como necesaria, deseable e inevitable.
¿Cuáles son las posibles acciones del Gobierno norteamericano ante este supuesto? De inicio, es necesario reconocer que forma parte de una Estrategia Integral de control–supervisión–sanción de las autoridades estadounidenses, en donde:
- Se establecen los mecanismos de control financiero a través de sus instituciones y de control militar en su “zona de influencia”.
- Se determinan patrones de supervisión de la actuación de las autoridades mexicanas, no precisamente para la estabilidad de nuestro país, sino para garantizar que no haya amenazas reales ni potenciales, que atenten en contra de su seguridad nacional y la de sus ciudadanos.
- Si la situación lo amerita y los carteles de la droga establecidos en México, ahora identificados como “grupos terroristas”, no son aplacados por las autoridades mexicanas y representan una amenaza real a la seguridad nacional de los EEUU, deberán sufrir una sanción y serán objetivo de una probable intervención militar directa de las fuerzas armadas norteamericanas, sin mediar aprobación del gobierno mexicano.
Este panorama es preocupante, aún y con los intentos de la Cancillería mexicana y del mismo presidente de la República por establecer un diálogo y plantear esquemas de cooperación entre los dos países vecinos, sin vulnerar nuestra soberanía y establecer mecanismos políticos y diplomáticos de resolución de conflictos.
Debemos estar atentos al curso de los acontecimientos y plantear alternativas desde la sociedad y como ciudadanos conscientes y participativos, para que no se vulneren nuestros derechos soberanos y se evite una intromisión abierta e implacable del gobierno norteamericano en nuestra dinámica nacional, so pretexto del combate a los “grupos terroristas”.
Fuentes Consultadas:
BBC Mundo, “Trump revela que planea designar a los carteles del narcotráfico de México como “grupos terroristas”. Obtenido del sitio web: https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-50568038
BBC Mundo, “El terrorismo es una etiqueta construida socialmente y políticamente”. Obtenido del sitio web: https://www.bbc.com/mundo/noticias-internacional-40382946
United States Inter American Community Affaires, “LEY CONTRA EL TERRORISMO EN ESTADOS UNIDOS“ Obtenido del sitio web : http://interamerican-usa.com/articulos/Leyes/Ley-Ant-Terr-USA.htm